Seguros para Yates y Megayates. Calcular Precios Online con 1 Click

Seguros para embarcaciones de lujo con las mejores coberturas del mercado

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SEGUROS PARA YATES Y MEGAYATES

Seguro para Barcos Recreo. Seguro Embarcaciones para Yate y Megayate.

Seguro Náutico para Embarcaciones de Lujo

Los yates deportivos y los grandes megayates son un punto y aparte dentro del mundo de la náutica.

Por sus especiales características, por el importante valor que alcanzan y también porque suelen navegar grandes distancias, necesitan un análisis pormenorizado y un estudio mucho más profundo que permita realizar una evaluación correcta de la verdadera entidad del riesgo que estamos presupuestando, que nos permita finalmente concretar la solución aseguradora más adecuada a sus necesidades especiales

1.- Cobertura de los riesgos inherentes al personal de la tripulación

2.- Asistencia jurídica y legal en el extranjero

3.- Coberturas de los gastos de remoción y salvamento.

4.- Garantías adicionales que cubran en, en su caso, el robo, los actos de piratería y remolcaje de la embarcación.

5.- Garantías para la navegación por alta mar y en su caso, aguas internacionales.

6.- Estudio detallado y valoración adecuada de todo el contenido de la embarcación: Aparatos electrónicos, informática, mobiliario, accesorios diversos, motores, embarcaciones auxiliares, etc.

Asegurar Yates y Megayates con 1 click nunca ha sido más fácil

Como contratar un seguro náutico exclusivo para embarcaciones de lujo y grandes esloras

Al igual que sucede con una embarcación a vela, el seguro para un barco de lujo tiene también sus propias peculiaridades aseguradoras.

Entre las coberturas que se incluyen, además de la Responsabilidad Civil obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el RD 607/1999 pueden incluirse también la cobertura de los daños materiales y personales que pueda usted causar a terceros, incluso a los pasajeros de la embarcación, asegurando además la reclamación de daños y la defensa del asegurado.

Puedes ampliar los límites de la R.C. de suscripción obligatoria a mayores importes, incluir la Cobertura por Robo (incluídos los daños derivados de robo, incluso de su intento, y además el bote auxiliar y los enseres de navegación) y Daños Propios, que pueden garantizarse en su totalidad, e incluso también la cobertura de los daños parciales (con y/o sin franquicia), incendio, embarrancada, naufragio, caida de rayo, riesgos o peligros del mar, explosión, abordaje, u otros riesgos del mar, las averías, los efectos personales y los gastos de remolcaje y la asistencia en el mar.

También puedes asegurar la pérdida de tu embarcación, incluso al 100 % de su valor de compra y además los gastos de salvamento y remoción de restos, rescate y asistencia.

Tienes asimismo la posibilidad de contratar seguros para yates en condiciones inglesas «Institute Yacht Clauses» (con y sin franquicias), la protección jurídica (defensa, reclamación y fianzas judiciales), averías particulares, transporte terrestre, estancia en tierra, accidentes corporales de los ocupantes de la embarcación, etc. e incluso fraccionar su pago, y también la P&I para el caso de los armadores.

Deja que nuestro equipo te informe y asesore sobre las ventajas de asegurar a todo riesgo tu embarcación, seguro que no te defraudaremos.

SEGUROS PARA YATES – MEGAYATES Y SUPERYATES – MODALIDADES DE COBERTURAS 

  • Seguro para Yates Ampliado

    No te conformes con el seguro obligatorio de embarcaciones de recreo a la hora de asegurar tu embarcación a vela o a motor puedes ampliar tus coberturas para disfrutar de una navegación segura con precios ajustados hasta un 30% en las principales aseguradoras de barcos de lujo del mercado.

    El Seguro para Yates y MegaYates Ampliado incluye a mayores del Seguro Obligatorio para Embarcaciones del Real Decreto 607/1999 el Remolcaje de la embarcación por avería o accidentes, Seguro Accidentes para los ocupantes y patrón de la embarcación a motor,  la Pérdida Total y Robo de la embarcación , avería y daños al motor, cobertura de los accesorios y efectos personales, reflotamiento  de la embarcación en caso de su hundimiento.

  • Seguro para Yates a Todo Riesgo

    Si quieres ampliar la cobertura para asegurar los daños propios de tu embarcación tienes dos posibilidades Seguro Todo Riesgo Condiciones Españolas.

    El seguro de barco a Todo Riesgo con las condiciones estándar del mercado que te proporciona la cobertura de Daños Propios con o sin franquicia a precios sin competencia. Seguro Cláusulas Inglesas-Institute Yacht Clauses.

    Si quieres contratar seguros para barcos a motor con las coberturas más amplias la mejor opción es buscar un seguro de barco con Condiciones Inglesas o  “Institute Yacht clauses” para proteger tu embarcación ante cualquier riesgo que pueda presentarse durante la navegación en el mar.

Seguro a Todo Riesgo Exclusive

Para quienes quieren tener la cobertura más amplia del mercado. Sin duda este es nuestro producto estrella.

Un seguro a todo riesgo único en el mercado para todo tipo de embarcaciones a motor y a vela de grandes esloras. En todos estos tipos de cobertura hemos ampliado la responsabilidad civil obligatoria completándola con un mínimo de 1.000.000€ adicionales que como responsabilidad civil voluntaria hacen de esta cobertura la más amplia del mercado.

Cubre así mismo la responsabilidad civil de la embarcación en tierra.

Podrás ampliar la Responsabilidad Civil Voluntaria a los capitales que precise tu embarcación a vela o que consideres suficientes para tener una total tranquilidad.

Posibilidad de ampliar el uso de la embarcación para participación en regatas y concursos.

Las averías particulares se cubren consecuencia de: Varada involuntaria, Embarrancada, Hundimiento, Abordaje, Golpe de mar, Inundación por entrada de agua, Fuego, incendio, Abrasión por calor, combustión sin llama, Cortocircuito, Explosión, Fuerza mayor, rayo, viento, pedrisco, lluvia nieve e inundaciones, Robo de la embarcación completa y/o de sus accesorios, Actos vandálicos, Colisión con cualquier objeto fijo o flotante, La estancia en tierra de la embarcación, Las maniobras de entrada y salida del agua de la embarcación, Durante el transporte de la embarcación por tierra o mar, Salvamento, Remoción de restos de naufragio, Daños causados por roedores.

SEGUROS DE YATES Y MEGAYATES – TIPOS DE FRANQUICIAS APLICABLES EN COBERTURAS DE DAÑOS A LA EMBARCACIÓN

Franquicias aplicables

Las franquicias aplicables, en su caso, tendrán las siguientes reducciones en caso de no siniestralidad en ejercicios anteriores.

a.- Cuando el siniestro ocurriese en la segunda anualidad de la póliza sin siniestros declarados anteriormente, se aplicará una deducción de la franquicia del 25%.

b.- Cuando el siniestro ocurriese en la tercera anualidad de la póliza sin siniestros declarados anteriormente, se aplicará una deducción de la franquicia del 50%.

c.- Cuando el siniestro ocurriese en la cuarta anualidad de la póliza sin siniestros declarados anteriormente, se aplicará una deducción de la franquicia del 75%.

d.- Cuando el siniestro ocurriese en la quinta anualidad de la póliza, o posteriores, sin siniestros declarados anteriormente no se aplicará deducción de franquicia.

e.- En el caso de haber ocurrido un siniestro, y se declarara otro, se tomará como periodo para el cálculo de la deducción de la franquicia el tiempo transcurrido entre ambos aplicándose la reducción correspondiente según lo descrito en los apartados anteriores.

SEGUROS PARA EMBARCACIONES DE GRAN ESLORA. YATES-MEGAYATES Y SUPERYATES

Si buscas comparar seguros para embarcaciones y disfrutar de la navegación en todo tipo de barcos de recreo, ya sean a motor , veleros, grandes yates, lanchas neumáticas o semirrígidas para uso privado o de alquiler o incluso motos de agua te ofrecemos el seguro para Embarcaciones de Recreo adaptado a tus necesidades.

SEGUROS PARA YATES Y MEGAYTES. TIPOS DE COBERTURAS

El R.D. 607/1999 que regula el uso de las embarcaciones de recreo o deportivo establece que todos los navieros o propietarios que patroneen las mismas, así como a las personas que debidamente autorizadas por el propietario patroneen las mismas, aquellas otras que les secunden en su gobierno así como a los esquiadores que pueda arrastrar la embarcación están obligadas a contratar el Seguro Obligatorio para Embarcaciones de Recreo.

Dicha obligación se exige para aquellas propulsadas a motor, las que tengan más de seis metros de eslora y las embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas para responder por la responsabilidad civil extra-contractual en la que puedan incurrir por los daños materiales y personales y por los perjuicios que sean consecuencia de ellos que, mediando culpa o

Dicha obligación se exige para aquellas propulsadas a motor, las que tengan más de seis metros de eslora y las embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas para responder por la responsabilidad civil extra-contractual en la que puedan incurrir por los daños materiales y personales y por los perjuicios que sean consecuencia de ellos que, mediando culpa o negligencia, causen a terceros, a puertos o instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de las embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en el mar.
  • GARANTÍAS OBLIGATORIAS
     
    Muertes y Lesiones Corporales
     
    Esta cobertura asegurara la muerte y lesiones corporales ocasionadas a terceras personas, con el límite por persona de 120.202,42 euros por daños a personas y un máximo por siniestro de 240.404,84 euros.
     
    Daños Materiales a Terceros
     
    Esta cobertura garantiza los daños materiales a terceros ocasionados por la embarcación, con un máximo por siniestro de 96.161,94 euros.
     
    Pérdidas Económicas
     
    Garantía que da cobertura a las pérdidas económicas de terceros como consecuencia de daños materiales y personales.
     
    Daños a otros buques
     
    Garantía que da cobertura por los daños ocasionados a otros buques por colisión o sin contacto.
     
    Pago de Costas
     
    Garantiza el pago de costas judiciales y extrajudiciales por la defensa del asegurado y la gestión de siniestros.
  • GARANTÍAS OPCIONALES
     
    Responsabilidad Civil Voluntaria
     
    Esta cobertura permite ampliar los límites de coberturas del seguro obligatorio para embarcaciones fijados para la muerte y lesiones corporales ocasionadas a terceras personas.
     
    Responsabilidad Civil Contaminación Ambiental
     
    La Responsabilidad civil por contaminación marítima viene recogida en los artículos 39 y 52 respectivamente de la Ley de Navegacion Marítima del 14 de Abril del 2.014. En Segurosdebarco.com te proporcionamos una solución efectiva para cumplir con las exigencias legales de la norma citada.
    Pérdida Total de la Embarcación y Abandono
     
    Pérdida total
     
    Se entiende por pérdida total de la embarcación la destrucción o desaparición total y definitiva de la misma a causa de un siniestro cubierto por la póliza. Pérdida total constructiva Se entenderá como pérdida total constructiva aquellos daños sufridos por la embarcación, a consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza, cuando el coste de la reparación de los mismos exceda, del 75% del valor venal de la embarcación en el momento anterior al siniestro.
     
    Robo
     
    Garantía que da cobertura a el robo con violencia de la embarcación completa, de sus partes fijas o accesorios, siempre y cuando el mismo se produzca estando la embarcación en puertos o en playas, con la debida vigilancia o depositada en tierra en locales cerrados entendiendo como tal local vallado y cerrado mediante dispositivos que impidan el acceso al recinto.
     
    Incendio
     
    Garantía que da cobertura por los daños ocasionados por un incendio a la embarcación incluyendo casco, máquina y accesorios.
     
    Remoción de Restos

    Esta garantía proporciona cobertura de remoción de restos de naufragio e indemnizará hasta un máximo del capital asegurado para casco, máquina y accesorios de acuerdo con las condiciones fijadas en cada póliza.

SEGUROS PARA YATES A TODO RIESGO-MODALIDADES-PROS Y CONTRAS
 
Seguro Daños Propios-Todo Riesgo para Embarcaciones-Condiciones Españolas
 
Esta cobertura incluye los daños propios del barco cuando no existe un tercero culpable en caso de accidente en el casco, motor, accesorios o velamen, robo, gastos de remoción de los restos de la embarcación y gastos de salvamento, con una indemnización máxima que viene fijada por cada aseguradora en sus condiciones de contratación para cada caso
 
Seguro Daños Propios-Todo Riesgo para Embarcaciones-Condiciones Inglesas-Institute Yacht Clauses
 
Las condiciones inglesas se caracterizan por tener unas coberturas más amplias que las condiciones españolas estándar. No todas las aseguradoras las ofrecen y sus garantías Incluyen entre otras muchas los peligros de los mares, ríos, lagos u otras aguas, incendio y explosión, echazón, piratería, choque o colisión, terremoto o erupción volcánica, caída de rayo, robo de la embarcación y su equipo, actos maliciosos, carga y descarga de provisiones, defectos latentes en el casco, negligencia de terceros, gastos de salvamento y daños a la embarcación con objeto de mitigar un peligro de contaminación
 

Y muchas más …

OTRAS COBERTURAS OPCIONALES QUE PUEDES CONTRATAR

 
 
 
Rotura de Palos, Averías Particulares, Asistencia y Defensa Jurídica, Claúsula de Participación en Regatas Costeras y de Altura, Accidentes Ocupantes y Patrón, Asistencia Marítima Remolcaje y Rescate, Paralización de Charter Náutico, etc. Consulta con nuestros asesores las que te resulten más convenientes

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